DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, y del TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la OPOSICIÓN interpuesta por los Ciudadanos SIMÓN DAVID PUENTE VIELMA y NANCY YOLANDA PUENTE DE VELA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 8.714.054 y 4.493.864, debidamente representados por su apoderado judicial el Abogado ROMÁN JOSÉ RINCÓN RAMÍREZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 65.926, y titular de la cédula Nº 8.000.000. Según poderes que obran agregados a las actas procesales a los folios 88 al 92,
SEGUNDO: Debido a la declaratoria parcial debe este Tribunal procede a indicar específicamente que en relación a los bienes MUEBLES indicados en el acta de embargo de fecha 30 de noviembre de 2006, SUSPENDE y por en.....