En el día de hoy veintiocho de Abril del dos mil cinco, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana habiendo salido el Tribunal de su sede a las nueve de la mañana, se trasladó y constituyó previa solicitud de la parte actora, en el edificio Valecillos primer piso, frente al apartamento signado con el N° 1 ubicado en la calle 34, entre avenidas 3 y 4 Parroquia el Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, a objeto de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas se abstuvo de practicar la medida de secuestro, por cuanto hubo oposición por la parte codemandada Carmen Doris Gómez Montilla, asistida por el Abg. Moreno Villamizar Álvaro Orlando, se deja constancia que se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales, y que por esta actuación no se recaudo arancel judicial, dada la gratuidad de la justicia, .....