Se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 18 de marzo de 2014, por el profesional del derecho EURO ANTONIO LOBO ALARCÓN, actuando en su carácter de coapoderado judicial de la parte actora, ciudadana BAUDILIA RAMONA MOLINA PARRA contra la sentencia dictada en fecha 13 de marzo de 2014, por el entonces denominado JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en la ciudad de El Vigía, actualmente TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Se declaró INADMISIBLE la demanda interpuesta en fecha 7 de agosto de 2013, por la ciudadana BAUDILIA RAMONA MOLINA, contra la ciudadana MARÍA BETSABÉ FLORES DÁVILA, por desalojo.