El Tribunal dictó sentencia interlocutoria declarando: Primero: DECRETA MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN, solicitada por la ciudadana JHESSICA ANSSEGLY VIVAS MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.743732, domiciliada en el sector kilometro 15 (vía San Cristóbal, estado Táchira) camellón de penetración hacia El Bolo, Parroquia Páez, Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida, asistida por el abogado ENDER FERNANDO OCHOA PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.195.256, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.776, sobre el área efectiva de producción existente en el del lote de denominado "EL PARAISO", constante de una superficie de DOS HECTÁREAS CON CINCO MIL DOSCIENTOS SEIS METROS CUADRADOS (2.5206M2), ubicado en el sector Los Pozones, lo que se denominó Hacienda El Amparo, Parroquia Presidente Betancourt, Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida, todo esto según el informe té.....