DECISION:
Con base en las anteriores consideraciones, este Tribunal de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
1) Declara como flagrante la aprehensión del ciudadano JOSE LEONIDAS PLAZA LEON conforme a lo establecido en el artículo 93 de la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia l, por la presunta comisión de el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 ejusdem..
2) Decreta medida de protección y seguridad a favor de la victima a tenor de lo establecido en el articulo 87 de la mencionada ley género ordinales 6 y 13.
3) Se ordena la aplicación del procedimiento ordinario, conforme al artículo 94 y 101 de la ley organiza sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
4)El fundamento legal de la presente decisión se encuentra en los Artícu.....