este Tribunal NIEGA la solicitud hecha por el apoderado judicial de la parte demandante, de fecha 29 de junio de 2015, de fijación de nuevo día y hora para examinar como testigos a los ciudadanos JOSÉ ERNESTO MORENO MERCADO y WILLIAN WILFREDO GUILLÉN, lo cual creó un desequilibrio procesal con la contraparte, que diligentemente compareció a confundir la evacuación de tal medio de prueba. ASÍ SE DECIDE.-