se declara FUNCIONALMENTE INCOMPETENTE, para conocer, en primera instancia, de la acción autónoma de amparo constitucional incoada en fecha 23 de julio de 2014 por la abogada MARIA ANGELICA CANTOR, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadana NATHALY VARELA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.445.387, domiciliada en Porlamar Estado Nueva Esparta y, en consecuencia, DECLINA su conocimiento en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En tal virtud, remítase inmediatamente el presente cuaderno a la mencionada Sala