El Tribunal ADMITE la presente solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, en consecuencia se acuerda emplazar a la ciudadana CLONDY TATIANA ROJAS MANRRIQUE, venezolana, mayor de edad, casada, titular de cédula de identidad número V-14.589.751, domiciliada en la ciudad de Ibarra, Av. Hatahualpa, Sector Las 4 Esquinas, Edf. 22/26, de la República de Ecuador y civilmente hábil, a los fines de que comparezca ante este Tribunal en el TERCER (3º) DÍA HÁBIL DE DESPACHO siguiente a aquel en que conste en autos su citación a exponer lo que a bien tenga con relación al Divorcio 185 (Sentencia Vinculante N° 1070), solicitado por su cónyuge, siempre y cuando conste en autos la notificación del FISCAL DE FAMILIA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, a quien se ordena notificar mediante boleta anexándole copia certificada de la solicitud y del auto de admisión.- Para el emplazamiento personal d.....