En este estado este tribunal visto el pedimento hecho por la parte demandante acuerda: 1°) Abstenerse de practicar la medida para la cual ha sido comisionado y remitir la misma al Tribunal de la causa para que se lleve a cabo el presente convenimiento. El Tribunal deja expresa constancia que se respetaron todos los derechos y Garantías Constitucionales y que por esta actuación no se cobro tasa, arancel, ni emolumento alguno dada la gratuidad de la justicia. Sin haber mas actuación se termino el acto, se leyo y conformes firman. El tribunal ordeno el regreso a su sede siendo las una y veinte minutos de la tarde (1:20pm)
El Juez:
Abg. Carlos E. Ramírez R.
Parte Demandada: Parte Demandante:
Venancio Cantalicio Márquez Abg. Vladimir Molina Osorio.
C.I. 1.702.190 C.I 10.107657
Perito Avaluador:
Eva Filomena Vera Márquez
C.I. 10.718.746
Por la Seguridad del Tribunal:
Dist. (PM) N° 119.
El Secretario: El Alguacil:
Abg. Gabriel A. De Armas B.....