ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD sobre el vehículo identificado en la presente solicitud y que le e pertenece según Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones N° 1X69DHV204719-1-1, de fecha 29 de enero de 1996, autorización N° 227VXV260099, al ciudadano FRANCISCO ZAMBRANO VEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-2.457.423. con fundamento en los artículos 26 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, interpuesto por el mismo solicitante. En consecuencia, SE DECLARA título supletorio a favor del solicitante, dejando a salvo derechos de te.....