DISPOSITIVA: Este Tribunal en cumplimiento a comisión conferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, practicó medida de embargo ejecutivo por la cantidad de Cinco Millones Ochocientos Mil Bolívares (Bs. 5.800.000,00) en la cuenta corriente 4320807455 del Fondo Cooperativo Nagar, en el Banco Del Caribe; se declaró la desposesión jurídica del ejecutado. CONCLUSIÓN: La referida comisión es devuelta parcialmente cumplida al Juzgado de la Causa