Declara tales actuaciones suficientes para asegurarle a la ciudadana: BLANCA FLOR LOBO MANRIQUE, a los ciudadanos JEAN PIERO, YESENIA CAROLINA, RODNEY RIGOBERTO HERNANDEZ DIAZ y a la niña OMITIR NOMBRE, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante RIGOBERTO HERNANDEZ DUGARTE, quien falleció ab-intestato el día catorce (14) de Junio del año 2007, a consecuencia de PARO CARDIORESPIRATORIO, INFARTO AL MIOCARDIO, según acta de defunción Nº 46, expedida por la Registradora Civil de la Parroquia el Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, dejándose a salvo los derechos de terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones legales mencionadas. Devuélvanse a los interesados las actuaciones en originales, désele salida. CUMPLASE.