En mérito de los razonamientos precedentemente expuestos, éste Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Sede Alterna El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en la presente causa en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano CARLOS JOSÉ CARRERO MÁRQUEZ, en contra del ciudadano JOSÉ ALEJANDRO ECHEVERRIA, en su condición de propietario de la firma personal Auto Repuestos y Accesorios El Chimbombito, por cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se condena al demandado ciudadano JOSÉ ALEJANDRO ECHEVERRIA, en su condición de propietario de la firma personal Auto Repuestos y Accesorios El Chimbombito, pagar a la parte actora, ciudadano CARLOS JOSÉ CARRERO MÁRQUEZ, la cantidad de OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON DIECIOCHO CÉNTIMO.....