PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación formulado por la abogada Nilda Morelba Mora Quiñonez, con la condición de apoderada judicial de la parte demandada recurrente, contra la decisión publicada en data veintidós (22) de julio de dos mil trece (2013), por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la causa principal signada con la nomenclatura Nº LP21-L-2013-000010.
SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado, en la cual se declaró:
"PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadano JOSE ANTONIO MOLINA RANGEL, en contra del ciudadano JUNIOR MARTÍN ALBORNOZ QUIROZ. (Ambas partes plenamente identificadas en autos).
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadano JOSE ANTONIO MOLINA RANGEL en contra de la Sociedad Mercantil JUNIOR MALL, C.A. (Ambas partes identificadas en autos).
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