DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos que anteceden, este este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Se declara funcionalmente incompetente para conocer y decidir sobre la solicitud de providencia cautelar innominada, formulada ante este despacho por la Fiscalía Primera de Proceso del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y declina competencia al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en su carácter de Tribunal de la causa, para conocer y decidir sobre tal solicitud. En consecuencia, remítase mediante oficio la presente solicitud al mencionado Tribunal, una vez haya transcurrido el lapso legal para declarar firme la presente de.....