Por las razones expuestas, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de declaratoria de divorcio formulada por los ciudadanos: VICTOR HUGO MENDEZ CONTRERAS e YRIS YASNORY MOLINA ZERPA, plenamente identificados. En consecuencia, se declara el divorcio y disuelto el vínculo matrimonial que existía entre los antes prenombrados ciudadanos, según el matrimonio civil contraído por ante la Prefectura Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Tovar, del estado Mérida, inserta bajo el No. 49, folios 109 y 110, de fecha 29 de diciembre de 1999, la cual se encuentra en copia certificada agregada al folio cuatro (4) del presente expediente. Así se decide.-