PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por el profesional del derecho JAVIER ALEJANDRO VIVAS QUINTERO, titular de la cédula de identidad N° 17.766.825 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 130.224, actuando con el carácter de apoderado judicial del INSTITUTO AUTONOMO CONSEJO NACIONAL DE DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES (IDENA), contra la Providencia Administrativa Nº 00073-2010, de fecha 08 de junio de 2010, Expediente N° 046-2009-01-00112, dictada por el INSPECTOR EN JEFE DEL TRABAJO DEL ESTADO MERIDA, relativo a la declaratoria con lugar de la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos de la ciudadana MARIA BERTHA RANGEL HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N°. 9.101.508.