este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, EN FUNCIONES DE CONTROL N°- 02, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: 1). DECRETA MEDIDA CAUTELAR en contra del ciudadano FERNADO BARRIOS QUINTERO, venezolano, de 50 años de edad, casado, titular de la cedula N° 8.006.629, nacido en fecha 02-11-55, hijo de NEPTALI BARRIOS (F) y de ATILIA QUINTERO DE BARRIOS (F), de ocupación Agente de Policía del Estado Mérida, con tercer año de educación secundaria de instrucción, residenciado en La Azulita, Urbanización Eladio Moreno, casa N° 10.553, Las Cuevas, Estado Mérida, Por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el articulo 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en concordancia con el artículo 6 eiusdem; en perjuicio de la ciudadana FERNADO BARRIOS QUINTERO,, de conformidad con lo establecido en le artículo 39 ordinales 1, 4 y .....