Por las razones expuestas, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en la ciudad de Tovar, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: la rectificación de la partida de nacimiento de la ciudadana: ISIDORA ARELLANO DE MONDRAGON, en cuanto a: 1.- al nombre de la madre, que aparece como URZULA AREYANO, siendo lo correcto: MARIA SALOME ARELLANO el cual es su verdadero nombre. 2.- en cuanto al nombre de la solicitante que aparece como YSIDORA AREYANO, siendo lo correcto ISIDORA ARELLANO. Queda así rectificada. A tal efecto, expídase por la secretaría de este Tribunal, copia fotostática certificada de la presente sentencia y junto con oficio se acuerda remitir a los organismos competentes a los fines de que se estampen las notas marginales correspondientes. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 502 del Código Civil .....