PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la demanda interpuesta por la ciudadana ALASCA MARGARITA PEÑA MANRIQUE, en contra de la empresa mercantil INVERSIONES R-J, C. A.
SEGUNDO: Con lugar la reconvención propuesta por el ciudadano JESÚS ALBERTO ZAMBRANO, procediendo con el carácter de Director Principal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES 3-J C.A., en contra de la ciudadana ALASCA MARGARITA PEÑA MANRIQUE, por resolución de contrato.
TERCERO: Como consecuencia, del anterior pronunciamiento, se da por resuelto el contrato de opción de compra-venta celebrado entre la ciudadana ALASCA MARGARITA PEÑA MANRIQUE y la empresa mercantil INVERSIONES R-J, C. A., en fecha 02 de Octubre de 2.002, autenticado por .....