L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Primero: CON LUGAR la acción incoada por el Banco Provincial S.A, Banco Universal, a través de sus apoderados judiciales abogados Daniel A. Medina Colmenares y Oriana Monsalve Ramirez; Por Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio; CONTRA el ciudadano Daniel Alejandro Troconis Giron.
Segundo: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, se resuelve el contrato autenticado de venta con reserva de dominio, de fecha 03-03-2009, suscrito entre la empresa mercantil BANCO PROVINCIAL S.A, BANCO UNIVERSAL, y el ciudadano Daniel Alejandro Troconis Giron.
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