PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de califica¬ción de despido interpuesta el 21 de noviembre de 2.000, por el ciudadano NATIVIDAD ZAMBRANO RAMÍREZ, contra la empresa GUARDIANES EL VIGÍA C.A., (GUARVICA), ambos anteriormente identifica¬dos en la presente decisión.
SEGUNDO: Se ordena la reincorporación del trabajador NATIVIDAD ZAMBRANO RAMÍREZ a su cargo de vigilante en las mismas condiciones que imperaban para el momento del despido injustificado.
TERCERO: Se ordena el pago de los salarios caídos dejados de percibir por el trabajador en el transcurso del presente procedimiento, desde la fecha de la contestación a la demanda, vale decir, 29 de enero de 2.002, en virtud del retardo injustificado en la practica de la citación de la demandada, hasta la fecha que conste en autos la efectiva reincorporación del trabajador a razón del salario diario, es decir, CUATRO MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 4.400,00) diarios; y en aplicación a la sentencia de fecha 26 de marzo de 2003 d.....