DECISION
En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus Leyes, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de DIVORCIO intentada por la ciudadana ROSSI AUXILIADORA DAVILA DAVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.715.580, domiciliada en la ciudad de Mérida, Estado Mérida y hábil, contra su cónyuge ciudadano FREDDY CUSTODIO AVENDAÑO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.025.407, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Mérida y hábil, de conformidad con el ordinal 5° del artículo 185 del Código Civil, por condenatoria a presidio que hace imposible la vida en común de los cónyuges, y por consiguiente se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los cónyuges con arreglo a matrimonio civil celebrado por ante .....