DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil vigente, la solicitud de Divorcio formulada y consecuencialmente Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los Ciudadanos: PEDRO OMAR MORA MOGOLLON y EVANGELINA DÁVILA FEDERICO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 3.623.983 y V- 4.485.049, respectivamente, hábiles, domiciliados el primero en la Avenida Ezio Valeri, Urbanización Villas La Verónica, Calle 2, casa Nº 40 del Estado Bolivariano de Mérida y la segunda, en la Urbanización Humboldt, Vereda 10, casa 09, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mé.....