Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado de de Primera Instancia, en funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, con ocasión de la averiguación seguida a a favor de PERSONA DESCONOCIDA y en perjuicio de RAMON ALEXIS VARELA GONZALEZ, (OCCISO), venezolano, natural de la azulita Estado Mérida, de 36 años para esa fecha, soltero, obrero, CI: N° 8.028.241; procedente de la azulita a consecuencia de haber ingerido gramoxone, hecho ocurrido en la precitada localidad, el día miércoles 17-09-97, en horas de la mañana tal como consta al folio 1 al 7 de la causa y sstes; por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto en el artículo 407 del Código Penal, y de conformidad con el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artic.....