PRIMERO: Se declara con lugar la demanda interpuesta por la ciudadana BEATRIZ ALEJANDRA MONTILLA BENITEZ, titular de la cedula de identidad 19.144.812, representada por el Procurador de Trabajadores ELIAS BENIGNO CHIRINOS QUERALES, titular de la cedula de identidad 12.447.082, inscrito en el inpreabogado bajo el número 98.920; en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES PAPELERIA ZASU C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la circunscripción judicial del Estado Mérida, bajo el número 7, tomo 58-A, de fecha 29 de abril de 2010, de fecha 20 de abril de 2017 y así se establece.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada sociedad mercantil INVERSIONES PAPELERIA ZASU C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la circunscripción judicial del Estado Mérida, bajo el número 7, tomo 58-A, de fecha 29 de abril de 2010, a pagar a la ciudadana BEATRIZ ALEJANDRA MONTILLA BENITEZ la cantidad de DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS BOLIVARES CON SESENTA Y DOS CEN.....