DISPOSITIVA.
Por todas las razones anteriormente expuestas éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Con Lugar la solicitud presentada y en consecuencia, AUTORIZA a la representación Fiscal para que bajo su dirección y por medio de Funcionarios Expertos adscritos al Área Técnica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-delegación Mérida, practiquen la correspondiente Experticia de Coherencia Técnica y Fijación de Imágenes, de los contenidos que puedan encontrarse en el referido Video de Seguridad, que sean pertinentes y necesarios para el conocimiento de los hechos y el descubrimiento de la verdad, los cuales deberán ser oportunamente fijados para su resguardo y protección, operación técnica para la que se les concede un lapso de tiempo de Treinta (30) D.....