PRIMERO: Se declara CONSUMADO EL DESISTIMIENTO de la acción y el procedimiento interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada, el abogado LUIS ALBERTO MARTÍNEZ CHACÓN, en fecha 04 de abril de 2025 (f. 157), contra la decisión interlocutoria de fecha 24 de marzo de 2025 (fs. 153 al 156), proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida. SEGUNDO: No se hace especial pronunciamiento sobre las costas del recuso.