este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal:
1) Condena al ciudadano Gustavo Bolívar Barrios, anteriormente identificado, a cumplir la pena de dos (2) años de prisión, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 5 de la reforma del artículo 278 del Código Penal.
2) Impone a Gustavo Bolívar Barrios las penas accesorias correspondientes a la pena de prisión, señaladas en el artículo 16 del Código Penal.
3) No condena a Gustavo Bolívar Barrios al pago de costas procesales, de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
4) Se ordena la remisión del arma de fuego incautada al Parque Nacional de Armas, de conformidad con el artículo 10 de la Ley.....