Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: ACUERDA conforme a lo peticionado, en consecuencia se AUTORIZA al Ciudadano RICARDO JOSÉ RAMÍREZ MORA, para trasladarse a la Ciudad de Cartagena Colombia, desde el 20 de Agosto de 2007 hasta el 30 del mismo mes y año indicados, a los fines de compartir y disfrutar Vacaciones con sus hijos y cónyuge. La presente Decisión se fundamenta en los artículos 2, 3, 26 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículos 4, 5, 6 y 260 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al Ministerio Público, al Acusado y a la Defensa. Provéase lo conducente. Cúmplase.-
JUEZA DE CONTROL N° 04
ABG. THAMARA PUENTES DE TAVIRA
SECRETARIA