PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar, la oposición efectuada por la ciudadana IRMA DE LAS MERCEDES SÁNCHEZ DE URBINA, asistida por la abogada en ejercicio RAIZA ALVARADO DÍAZ, con respecto a la cesión de derechos litigiosos realizada por el ciudadano NERIO ALONSO URBINA GUILLÉN, actuando en ejercicio de sus propios derechos, asistido por el abogado MARIO GÓMEZ, mediante la cual de conformidad con el artículo 145 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.357 del Código Civil, cedió y traspasó al ciudadano REINALDO ANTONIO CONTRERAS MARQUINA, sus derechos litigiosos.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, se invalida la referida cesión de crédito litigi.....