OTORGA: EL BENEFICIO DE LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, como fórmula alternativa al cumplimiento de la pena, a favor del penado LUIS ALBERTO FONSECA DÁVILA, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nro-9.397.013, de 43 años de edad, Técnico Electricista, soltero, hijo de Luís Fonseca y María Dávila, residenciado en el Barrio San Isidro , calle 9 con avenida 19, casa Nº- 19-67, El Vigía, Estado Mérida; por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previstos y sancionados en los Artículos 277 y 470 del Código penal, condenado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley, los cuales se contaran a partir del día siguiente a la Imposición de la presente decisión, imponiendo el Tribunal al penado, las siguientes condiciones u obligaciones:----------------------------------------
1.- No cambiar de residencia, en caso de ser necesario la mudanza, debe participar de.....