DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA PRECRIPCIÓN DE LA PENA IMPUESTA AL CIUDADANO MORENO MUCHACHO JESUS ALBERTO venezolano y titular de la cédula de identidad N° V-8.013.289, de 42 años de edad, nacido en fecha 25-01-1962, soltero, natural de Mérida estado Mérida, con Residencia en la Avenida 03 Independencia, N° 14-17, esquina Plaza de Milla, Estado Mérida, de conformidad con lo pautado en el artículo 112 del Código Penal Vigente, en concordancia con el artículo 479, numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.