El Tribunal homologó el convenimiento por los ciudadanos: GABRIELA ESTEFANIA SUESCUN AZUAJE y YELVIS JESUS CARRIZO CARRIZO, venezolanos, la primera menor de edad y el segundo mayor de edad, solteros, Estudiante y comerciante, titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-25.643.522 y V-19.898.588 en su orden, domiciliados, ella en la Avenida motatán, casa N° 8-6 y él en la Avenida Miranda, casa s/n, media cuadra de arriba de los tigros, ambos de esta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Bolivariano Mérida y hábiles, quienes conciliaron en reglamentar la Fijación de Obligación de Manutención y Bonos a favor de su hija (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de diez (10) y cuatro (04) años de edad, d