DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Juez de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Sección de Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con el artículo 28.3, 33.3. , 67 y 76 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia 531 y 552 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente a ACUERDA: Remitir la totalidad de la causa original al Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control de guardia del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, a los fines de revolver la solicitud de flagrancia, por ser el joven mayor de edad. A tal fin, remítase con carácter urgente el expediente original al tribunal de Control de guardia. Déjese en este Tribunal declinante copia certificada del presente auto de declinatoria de competencia y copia simple del oficio con el cu.....