Este Tribunal DECRETA LA PERENCION DE LA INSTANCIA de la presente causa. Se acuerda únicamente la notificación de la parte demandante por no haberse realizado la citación de la demandada. Y por cuanto la parte actora fijó su domicilio procesal en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, se acuerda librar exhorto al Juzgado del Municipio Iribarren de La Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los efectos de su notificación, que una vez que conste en autos su notificación, en el primer día de Despacho siguiente comenzará a correr el lapso para la interposición del recurso de apelación. Líbrese boleta de notificación. Líbrese exhorto y Remítase con oficio Una vez firme la presente decisión, procédase al archivo del expediente.