este Juzgado Ejecutor de Medidas de Los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia, en nombre de la República, Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de 1a Ley, de conformidad con el Ordinal 7 del Artículo 599 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA. SECUESTRADO PREVENTIVAMENTE un Inmueble, consistente en una, casa, ubicada, en la, Urbanización El Pilar, Edificio 01, Bloque 18, Piso 2, distinguido con el Nro. 02-01, de la Ciudad de Ejido, Estado Mérida