se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer y decidir en primera instancia la presente demanda de reivindicación de inmueble, interpuesta por la profesional del derecho VANESA MENDOZA GRIMANComo consecuencia de la anterior declaratoria, se DECLINA LA COMPETENCIA, para el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, con sede en la ciudad de Barinas, al cual se ordena remitir con oficio las presentes actuaciones, siempre que transcurrido el lapso previsto en el artículo 69 eiusdem, no se hubiere solicitado la regulación de la competencia.