Visto, el anterior convenimiento suscrito por ante este Tribunal por los ciudadanos: GABRIELA LUCIA ROJAS y FREDDY JOSE TERAN ANGEL, venezolanos, mayores de edad, solteros, de oficios del hogar y agricultor, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 21.207.655 y V-19.669.255, respectivamente, domiciliados, ella en el Sector Las Playitas, casa s/n cerca del Sr. Franklin y él en Piedra Gorda, ambos de esta población de Timotes, Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y hábiles, quienes conciliaron en reglamentar la Fijación de Obligación de Manutención y Bonos a favor de los niños (identidades omitidas de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de ocho (08) y seis (06) años de edad, respectivamente, de la siguiente manera: el padre declaró estar de acuerdo en pasar por concepto de Fijación de obligación de manutención a favor de sus hijos (identidades omitidas de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgá.....