En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LAREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por la ciudadana NOHELIMAR JOSEFINA DURAN DE FINOL, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.798.758, domiciliada en el Barrio Hugo Chávez Frías calle 4, El Vigía, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida en este acto por los abogados en ejercicio JOSÉ GREGORIO PERNÍA DEVIA y JOSÉ ARCENIO PEÑA ALIZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 16.231.866 y V- 10.714.926, en su orden, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 244.785 y 179.134, respectivamente, dom.....