"...este Juzgado de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, declara Inadmisible la presente demanda de cobro de bolívares, incoada a través del procedimiento por intimación, por el Abogado Milton Iván Lobo Alarcón. Endosatario en Procuración del ciudadano Oscar Montilla contra el ciudadano Jeferson Ali Navarro Arenas, de conformidad con el ordinal 2° del artículo 643 del Código de Procedimiento Civil, por haberse operado la caducidad de la acción por la falta de presentación oportuna al cobro de los cheques accionados. Así se de decide..."