ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda con lugar la solicitud interpuesta por el Ministerio Público, y en tal sentido, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de ROGER JOSE NAVA, venezolano, mayor de edad, soltero, chofer, domiciliado en La Azulita, Frente a la Escuela Técnica Agropecuaria Simón Bolívar. La Azulita Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre La Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana YOHANA COROMOTO QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.281.724, domiciliada en la Azulita, vía la Mesa Alta, urbanización La Trinidad, casa sin número, La Azulita Estado Mérida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 ordinal 8° ejusdem, y el artículo 108 ordinal 5° .....