DECISIÓN:
Por los anteriores razonamientos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de Mérida Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud interpuesta por el Ministerio Público, y en tal sentido, se decreta EL SOBRESEIMIENTO DE CAUSA, a favor de los ciudadanos GERARDO ALI SALAZAR LOBO Y MIGUEL ALFONSO ARAUJO SALINAS, ya identificados, por la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FUSTRACION Y PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, cometido en perjuicio del ciudadano EDUARDO JOSE RIERA, de conformidad con los artículos, 48 numeral 8° y el 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 108 ordinal 1°, 109 y 110 del Código Penal Venezolano, por cuanto se produjo la prescripción de la acción penal, que a su vez constituye una causa de su extinción, por el transcurrir inevitable del tiempo. Y ASÍ S.....