Por Decisión N° 305/2010 se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con el numeral 2 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el hecho no es típico, a favor del ciudadano DENSY JOSÉ SÁNCHEZ UZCÁTEGUI, de nacionalidad venezolana, de 22 años de edad, natural de Mérida Estado Mérida, nacido en fecha 11/03/1988, de estado civil soltero, de ocupaci6n obrero, titular de la cédula de identidad N° V-18.632.998, residenciado en el sector Mucujepe, casa sin número a 30 metros del Ambulatorio Rural II, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida. Se ACUERDA la inmediata libertad del ciudadano DENSY JOSÉ SÁNCHEZ UZCÁTEGUI, en consecuencia líbrese la correspondiente Boleta de Libertad a la Sub. Comisaría Policial N° 12 de El Vigía Estado Mérida.-