DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, conforme a lo previsto en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, seguida al imputado quien en vida respondiera al nombre de José Encarnación Contreras Contreras, titular de la cédula de identidad N° V.- 4.471.162, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE ESPECIES DEL PATRIMONIO FORESTAL, tipificado en el artículo 71 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio de la Sociedad y Estado Venezolano. Una vez firme la presente decisión remítase al archivo para su guarda y custodia. Notificar a las partes. Cúmplase.
ABG. EFNER ENAY PARRA HERNÁNDEZ
JUEZ CUARTO DE PR.....