TRIBUNAL DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procedió a emitir oralmente y en presencia de las partes los siguientes pronunciamientos: UNO: Califica como flagrante la aprehensión del imputado: MARCOS JULIAN AYALA PEREZ, de nacionalidad Colombiana, de 28 años de edad, soltero, Vendedor en Editoriales Comarpe, portador de la cédula de identidad N° E-91.254.581, natural de Bucaramanga República de Colombia, nacido en fecha 13-01-1982, hijo de Nubia Pérez (v) y Benito Ayala (f) domiciliado en el Avenida 15 bis, N° 10-67, detrás de pollos Pío Pío, Sector la Inmaculada, tlf. 0416-1673821 (de su hermano Carlos Ayala), de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por surgir en su contra elementos de convicción en la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Pe.....