Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de vida en común conforme lo establece el artículo 185 del Código Civil Venezolano en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia hecha por la ciudadana ABG. HILDA ROSA RIVAS PERNIA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.204.791, con domicilio procesal en la Avenida Bolívar, frente al Hospital II de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 42.755, civilmente hábil, actuando en su condición de apoderada judicial de los ciudadanos LEONARDO AVILIO PEREZ RIVAS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-21.306.069, pasaporte Venezolano N° 106754658, domiciliado en Tupamel Jiménez 136, piso 12, apartamento 05, a media cuadra del Registro Civil, centro Santiago de Chile, país Chile, correo electrón.....