Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CONSUMADA LA PERENCION y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa seguida por el ciudadano Jerónimo Eduardo Otero, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nro. 4.600.168, domiciliado en Tucaní del Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del estado Mérida, asistido por el Abogado Ernesto José Méndez Méndez, inpreabogado bajo el Nro. 60.770, contra la ciudadana Contreras viuda de Vergel, Flora María, venezolana, mayor de edad, viuda, comerciante, con cédula de identidad Nro. 644.539, por INTERDICTO RESTITUTORIO.
Con fundamento en lo previsto por el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.
Notifíquese a la parte actora mediante boleta la cual debe ser.....