DECISIÓN
Este Tribunal de Control 5, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide lo siguiente: Único: Por todo lo antes expuesto, amparado en el Articulo 2, 26, 44.1 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en armonía con los Artículos 1, 4, 5, 6 10, 19 y 173 del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal, se ordena librar inmediatamente, la respectiva boleta de libertad del ciudadano PEDRO SEBASTIAN SALAS BAUTISTA, dirigida, al Comandante de la Policía para su ejecución. Finalmente, debido que la causa principal no es posible ubicarla y visto que se encuentra privado de libertad con la finalidad de garantizar la Tutela Judicial Efectiva, la Celeridad Procesal, el Debido Proceso y los Derechos Fundamentales, se niega imponer una medida cautelar por no tener elementos de convicción que sustenten la misma y lo ajustado a derecho es otorgar la libertad plena. Se acuerda ofici.....