REVOCA, el beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO, como formula alternativa del cumplimiento de pena al penado ALEXIS JOSE ZAMBRANO, venezolano, natural de Arapuey, Estado Mérida, nacido en fecha 06-07-1973, soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.303.207, de 32 años de edad, residenciado en la calle Bis 3, casa S/N, cerca de CADELA, Caño Zancudo, Estado Mérida, quien se encuentra cumpliendo una pena de NUEVE (09) AÑOS, UN (01) MES Y QUINCE (15) DIAS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO LEVE O ARREBATON, ROBO AGRAVADO Y ACTOS LASCIVOS, Y HURTO CALIFICADO, previstos y sancionados en los artículos 458, 460, 377 y 455 ordinal 3°, todos del Código Pena. En tal sentido, se acuerda librar la Orden de Aprehensión en contra del penado de autos, librando los respectivos oficios a los Cuerpos de Seguridad del Estado, para que se sea presentado por ante este Tribunal de Ejecución, a fin de escucharlo y decidir con relación al cumplimiento de la pena. Se fundamenta .....